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	<title>Abogados para deudas &#8211; Dicea Abogados :: Especialistas en Derecho</title>
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	<title>Abogados para deudas &#8211; Dicea Abogados :: Especialistas en Derecho</title>
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		<title>CLAVES PARA COMBATIR UNA ACUSACIÓN FALSA POR VIOLACIÓN</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jaime]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Dec 2023 11:06:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados para deudas]]></category>
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<h2>¿Por qué la declaración de la víctima puede ser prueba suficiente en casos de delitos sexuales?</h2>



<p>En muchos delitos sexuales, especialmente aquellos en los que la víctima y el acusado se encuentran a solas en lugares cerrados, es común que no haya testigos directos ni otras pruebas que corroboren la declaración de la supuesta víctima. Por esta razón, <strong>en ocasiones la única prueba de cargo en un procedimiento penal es precisamente la declaración de la víctima, la cual puede ser considerada suficiente para cond</strong>enar a una persona.</p>



<h2>En casos de acusaciones falsas por violación, ¿cómo podemos demostrar nuestra inocencia?</h2>



<p>Para demostrar nuestra inocencia en estos casos, es de vital importancia contar con la asesoría de un abogado especialista en derecho penal. Su labor será comprobar si la declaración de la supuesta víctima cumple con los requisitos jurisdiccionales exigidos por el Tribunal Supremo para poder servir como única prueba condenatoria. En caso contrario, se puede solicitar el archivo del procedimiento antes de llegar a juicio o, si este es inevitable, se puede trabajar en la obtención de una sentencia absolutoria.</p>



<h2>¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la declaración de la supuesta víctima como única prueba condenatoria?</h2>



<p>Existen 3 requisitos fundamentales que se deben evaluar en la declaración de la supuesta víctima para que sea considerada como única prueba condenatoria en un procedimiento penal. El primero <strong>es la ausencia de incredibilidad</strong> subjetiva, es decir, se deben valorar las circunstancias personales de la denunciante y la existencia de móviles espurios que puedan cuestionar la veracidad de su declaración. <strong>El segundo requisito es la veracidad del testimonio</strong>, en el cual se analizan las pruebas periféricas que rodean la declaración de la víctima. Y por último, <strong>se evalúa la persistencia en la incriminación</strong>, es decir, la consistencia y coherencia de la declaración a lo largo del proceso.</p>



<h2>¿Qué opciones existen para defenderse de una acusación falsa por violación?</h2>



<p>Ante una acusación falsa por violación, existen tres opciones disponibles. La primera es no hacer nada y seguir siendo investigado en un procedimiento penal de un delito tan grave. La segunda opción es contar con un abogado que no sea especialista en materia penal y que no esté familiarizado con estos tipos de delitos. Por último, se puede contactar con Abogados, un equipo de profesionales especializados en derecho penal, que brindará la defensa necesaria y adecuada en cada caso concreto. Recuerda que siempre es posible tener más derechos de los que crees y Abogados estamos aquí para brindar asesoría legal, clara y justa.</p>


<figure class="wp-block-embed-youtube wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube"><a href="https://diceaabogados.es/claves-para-combatir-una-acusacion-falsa-por-violacion/"><img src="//i.ytimg.com/vi/2CgNYYU53zQ/hqdefault.jpg" alt="YouTube Video"></a><br /><br /><figcaption></figcaption></figure><p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es/claves-para-combatir-una-acusacion-falsa-por-violacion/">CLAVES PARA COMBATIR UNA ACUSACIÓN FALSA POR VIOLACIÓN</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es">Dicea Abogados :: Especialistas en Derecho</a>.</p>
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		<title>¿ INTERESA RECLAMAR LA NUEVA PLUSVALÍA MUNICIPAL ? TE LO CONTAMOS</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jaime]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Nov 2022 21:06:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados derecho bancario]]></category>
		<category><![CDATA[Abogados para deudas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recursos de inconstitucionalidad planteadas por los grupos parlamentarios de bausch y del pp, contra una regulación del impuesto de plusvalía municipal. En estos recursos se [&#8230;]</p>
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<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" width="1024" height="680" src="https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/nueva-plusvalia-municipal--1024x680.png" alt="nueva-plusvalía-municipal" class="wp-image-202" srcset="https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/nueva-plusvalia-municipal--1024x680.png 1024w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/nueva-plusvalia-municipal--300x199.png 300w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/nueva-plusvalia-municipal--768x510.png 768w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/nueva-plusvalia-municipal-.png 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Recursos de inconstitucionalidad planteadas por los grupos parlamentarios de bausch y del pp, contra una regulación del impuesto de <strong>plusvalía municipal.</strong></p>



<p>En estos recursos se muestra una nueva normativa, por dos motivos.</p>



<p>En primer lugar por el instrumento normativo utilizado un real decreto-ley, dudamos de que existiera urgente necesidad.</p>



<h2>Revisión de impuestos de la primera declaración (plusvalía)</h2>



<p>En este caso teniendo en cuenta que, el legislador del año 2017, ya sabe que tenía que acometer la revisión de impuestos de la primera declaración de constitucionalidad que hubo. </p>



<p>Además en cuenta que son materias reservadas en principio, a la ley, por afectar la base imponible, por afectar a favor introducir un supuesto en asociación y que por tanto es dudoso que un real decreto-ley, pues puede ser instrumento normativo idóneo para estos casos.</p>



<p>Se cuestiona también, la posible vulneración del principio capacidad económica de esta normativa probada.</p>



<p>Teniendo en cuenta que, incluso en el método de cálculo real, pues no se acaban alabando el incremento de valor realmente obtenido en la transmisión, pues bien, ten en cuenta lo anterior hay que plantearse qué puede pasar con nuestro recurso de inconstitucionalidad.</p>



<h2>¿Cómo afectaría eso los contribuyentes?</h2>



<p> En este punto que tener en cuenta que real decreto-ley fue convalidado por las fuentes y tramitado como proyecto de ley, por tanto, en pocos meses tendremos ya una nueva normativa con rango de ley que regulará el impuesto.</p>



<p>Por ello, en caso de que el real decreto-ley fuera declarado inconstitucional, podría producirse un vacío legal desde la fecha en que entró en vigor este real decreto, del 10 de noviembre de 2021 hasta la fecha, en que entro en vigor la normativa del impuesto.</p>



<p>En esta situación y conociendo los precedentes del tribunal constitucional, es donde, como contribuyentes conviene estar atentos y recurrir de forma preventiva, todas las liquidaciones que se hayan notificado en estas fechas aplicando dicha nueva normativa y asimismo, solicitar la rectificación y devolución ingresos indebidos de las autoliquidaciones presentadas porque el motivo es bien simple.</p>



<h2>Sentencias  referidas a <strong>plusvalía municipal</strong></h2>



<p>Si acudimos a las últimas sentencias del constitucional, referidas a <strong>plusvalía municipal</strong> vemos como en ambas el programa solucionar ha limitado defectos y ha impedido recurrir a aquellos contribuyentes que en su día no recurrió la liquidación en un plazo en el plazo del mes, es decir, liquidaciones firmes pero también, en la última sentencia se ha impedido reclamar a aquellos contribuyentes, que estando en plazo para recurrir una liquidación o estando en plazo para solicitar la certificación de una autoliquidación, no lo hicieron antes una determinada fecha antes de una fecha de efectos fijada.</p>



<p>Sentencia en el 26 de octubre, fecha en la que se dictó la sentencia, pues bien ese precedente apremia a los contribuyentes a no dormirse. Esta vez, a que se vuelve a ver una de nueva declaración de constitucionalidad no les vuelva a pillar fuera de juego y tengan que en ese momento tratar de reclamar la devolución del impuesto y puedan ver cómo de nuevo una limitación de efectos se lo impide. </p>



<p>Por ello consideró, que se impone el recurso preventivo, que además no supone ningún perjuicio contribuyente porque estamos ante recursos que se presentan de la administración y que caso de que finalmente no fuera declarar en construcción, área de impuestos, pues no habría problema alguno.</p>



<p>Han desistido de los recursos y abandonar la reclamación, por tanto, estamos ante una medida prudente que salvaguarda el derecho de los contribuyentes, a obtener la devolución. En caso de que esta nueva normativa, fuera declarada inconstitucional, pero que en ningún caso les va a generar ningún perjuicio. Sino simplemente deja la puerta abierta para no perder derechos de defensa, que es lo que les ha ocurrido a muchos contribuyentes con la anterior declaración.</p>



<p></p>



<p></p>


<figure class="wp-block-embed-youtube wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube"><a href="https://diceaabogados.es/nueva-plusvalia-municipal-reclamar/"><img src="//i.ytimg.com/vi/UCavvvI_5xU/hqdefault.jpg" alt="YouTube Video"></a><br /><br /><figcaption></figcaption></figure><p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es/nueva-plusvalia-municipal-reclamar/">¿ INTERESA RECLAMAR LA NUEVA PLUSVALÍA MUNICIPAL ? TE LO CONTAMOS</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es">Dicea Abogados :: Especialistas en Derecho</a>.</p>
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		<title>CAMBIOS EN EL CÁLCULO PARA LA PLUSVALÍA MUNICIPAL</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jaime]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Nov 2022 20:37:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados para deudas]]></category>
		<category><![CDATA[abogados reclamaciones]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Nuevo cálculo de la plusvalía municipal, se ha puesto muy de moda ahora hablar de este de este impuesto. El tribunal constitucional ha declarado un [&#8230;]</p>
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<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" width="1024" height="680" src="https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/PLUSVALÍA-MUNICIPAL-1024x680.png" alt="PLUSVALÍA MUNICIPAL" class="wp-image-198" srcset="https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/PLUSVALÍA-MUNICIPAL-1024x680.png 1024w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/PLUSVALÍA-MUNICIPAL-300x199.png 300w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/PLUSVALÍA-MUNICIPAL-768x510.png 768w, https://diceaabogados.es/wp-content/uploads/2022/11/PLUSVALÍA-MUNICIPAL.png 1280w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Nuevo cálculo de la plusvalía municipal, se ha puesto muy de moda ahora hablar de este de este impuesto.</p>



<p>El tribunal constitucional ha declarado un nulo la manera de calcular el impuesto y el gobierno se ha visto en la obligación en pocos días en tener que aprobar un nuevo sistema de cálculo para pagar para poder tributar por este impuesto.</p>



<h2>Plusvalía municipal</h2>



<p> El<em> impuesto de plusvalía municipal</em>, el nombre oficial de este impuesto es <em><strong>impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana</strong></em>. Este impuesto, es un impuesto que se recauda a favor de los ayuntamientos y que junto con el ibi, son los dos impuestos que mayor recaudación generan a los ayuntamientos.</p>



<h2>Importancia de la Plusvalía municipal </h2>



<p>De vital importancia para la sostenibilidad del gasto de los de los ayuntamientos. </p>



<p>Este impuesto lo que grava es el incremento del valor del suelo urbano, cuando se produce la transmisión de un inmueble, la transmisión de cuando hablo de inmuebles, hablo de viviendas, hablo de locales, habló de trasteros, hablo de garajes, hablo de terrenos, todo todo aquel inmueble que esté en un suelo urbano.</p>



<p>Cuando hablo de transmisión pueden ser a título oneroso, es decir por compraventa, título lucrativo, por donación o herencia.</p>



<h2>Obligación de la Plusvalía municipal </h2>



<p>El sujeto pasivo, es decir, el obligado al pago en el caso de que es oneroso, es decir, por complementa sería el vendedor quien tiene que pagar este impuesto.</p>



<p>En caso lucrativo, es decir, por donación o herencia, es quien recibe el bien es decir o el donatario o el heredero.</p>



<p>Hasta ahora, el sistema de cálculo de la plusvalía municipal y que el tribunal constitucional ha anulado era un sistema de cálculo objetivo donde se obtenía la base imponible a través del valor catastral del suelo.</p>



<h2>Calculo de la Plusvalía </h2>



<p>Este valor lo podemos ver en nuestro recibo de ibi, multiplicado por un porcentaje que tenía que aprobar cada ayuntamiento, siempre desde unos límites máximos que establece el gobierno en la ley de este impuesto y luego multiplicado por el número de años que has tenido el inmueble con un mínimo de 1 y un máximo de 20.</p>



<h2>Porcentajes máximos en la ley del impuesto de impuesto de plusvalía municipal.</h2>



<p>Si lo has tenido menos de un año no pagarías este impuesto, si lo has tenido más de 20 años no pagarían más impuestos que hasta el año 20.</p>



<p>A continuación voy a dejar esos porcentajes máximos que establecía el gobierno, en la ley del impuesto de impuesto de plusvalía municipal. </p>



<p>Una vez obtenido la base imponible se aplicaba el tipo de gravamen con un máximo del 30 por ciento y obteníamos nuestro impuesto a pagar pues bien lo que se modifica en la obtención de la base imponible ya que el tribunal constitucional dice que al ser un sistema de cálculo objetivo es ajeno a la realidad del mercado inmobiliario.</p>



<p>Por tanto al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto, es decir, vulnera el artículo 31.1 de la constitución española, donde el ciudadano tiene que pagar impuestos en función de la capacidad económica generada. </p>



<p>Vale es por eso que el tribunal constitucional añade que cabe la posibilidad de haber un sistema de cálculo objetivo, para dar por razones de simplificación en el cálculo del impuesto pero que tiene que haber la opción de un sistema de cálculo de estimación directa, donde se pueda ver el incremento de valor del terreno real.</p>



<h2>Nulidad del sistema de calculo</h2>



<p>El tribunal constitucional ha declarado nulo el sistema de cálculo de municipal, el gobierno corriendo ha tenido que aprobar, pues como he dicho un nuevo sistema de cálculo en realidad, lo que ha hecho es aprobar dos sistemas de cálculo uno es un sistema de cálculo objetivo, que ya anticipó que es muy parecido al que había antes donde la base imponible se obtienen a través del valor catastral del suelo.<br><br>Como antes, pero en este caso multiplicado directamente por unos coeficientes, estos coeficientes los tienen que aprobar cada ayuntamiento siempre desde unos límites máximos que establece el gobierno en la ley de este impuesto.</p>



<p>Podrá actualizar cada año, en función de cómo se encuentre el mercado inmobiliario, este sería el sistema de cálculo objetivo.</p>



<p>Luego como el tribunal constitucional ha exigido, se aprueba un sistema de cálculo de estimación directa para saber realmente qué incremento sufre el suelo por la transmisión de ese inmueble.</p>



<p>En este caso, se obtiene la base imponible a través de la siguiente resta valores de transmisión del terreno menos valor de adquisición del terreno.</p>



<h2> Cálculo de estimación directa</h2>



<p>¿Como tenemos estos valores? </p>



<p>De terreno de adquisición y transmisión: Es muy sencillo, nosotros lo que tenemos que hacer es acudir a nuestro recibo a nuestro recibo de ibi, donde nos aparecerá el valor catastral del suelo.</p>



<p> El valor catastral total vale en función de esos dos números, podemos obtener el porcentaje que representa el suelo del inmueble. </p>



<p>Una vez obtenido ese porcentaje, ya lo podemos aplicar al valor de adquisición y al valor de transmisión del inmueble vale y así obtenemos los valores que aquí nos piden para obtener la base imponible.</p>



<p>No se tiene en cuenta: ni los tributos, ni los gastos, Tanto en la adquisición, como en la transmisión.</p>



<p>En esta reforma se tiene en cuenta dos puntos. </p>



<p>Uno de ellos es que en caso de que esta resta sea negativa, es decir, haya pérdidas, el impuesto no estará sujeto a favor del contribuyente. </p>



<p>Es decir el contribuyente no tendrá que pagar pagar plusvalía municipal, porque se demuestra que ha vendido con pérdidas o ha transmitido con pérdidas. </p>



<p>Además, se gravan las operaciones de menos de un año, como he dicho antes, con la anterior fórmula aquellos que adquirían y transmitirán, en menos de un año no tenían que pagar el impuesto de plusvalías municipal.</p>



<p></p>


<figure class="wp-block-embed-youtube wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube"><a href="https://diceaabogados.es/nuevo-calculo-para-la-plusvalia-municipal/"><img src="//i.ytimg.com/vi/n38WNU76LM8/hqdefault.jpg" alt="YouTube Video"></a><br /><br /><figcaption></figcaption></figure><p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es/nuevo-calculo-para-la-plusvalia-municipal/">CAMBIOS EN EL CÁLCULO PARA LA PLUSVALÍA MUNICIPAL</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://diceaabogados.es">Dicea Abogados :: Especialistas en Derecho</a>.</p>
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